CÓDIGO NACIONAL DE PARAFARMACIA ¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE?

Los productos de parafarmacia son aquellos que, no siendo medicamentos, consumimos, aplicamos o utilizamos y que se ponen a nuestra disposición de conformidad y de acuerdo con lo que establece la normativa general vigente y las reglamentaciones técnico-sanitarias específicas para las distintas categorías de productos que existen en el mercado.

Según esta definición, son productos de parafarmacia los cosméticos y productos de cuidado personal, los complementos alimenticios, los alimentos de uso médico especial, los sustitutivos de la dieta y los infantiles, los productos sanitarios y los de diagnóstico “in vitro” y autodiagnóstico, los artículos de puericultura, los biocidas, los equipos de protección individual y otros relacionados con la salud y el bienestar, todo ellos de venta en farmacias.

Pues bien, ¿qué es y para qué sirve el Código Nacional de Parafarmacia? El Código Nacional se trata de un número precedido de las siglas CN, que, una vez asignado, quedará integrado en un sistema de identificación. Su objetivo es ayudar y facilitar la gestión a las oficinas de farmacia a la hora de adquirir estos productos que se encuentren ya en el mercado nacional a través de un aplicativo informático.

No obstante, la concesión de este código no implica exclusividad de venta, ni garantía de calidad o aval sanitario de los productos.

Para que a un producto de parafarmacia se le asigne este código, es necesario que tanto el etiquetado y material de acondicionamiento, como la composición y, en su caso, la publicidad del mismo realizada por cualquier medio, se ajuste a lo dispuesto en la legislación española vigente en la materia.

¿Qué organismo los asigna? Es el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos el organismo responsable de asignarlos. Será el laboratorio o empresa fabricante, el importador o el distribuidor que quiera poner en el mercado estos productos de parafarmacia los que podrán realizar la solicitud de asignación, debiendo cumplimentar a tal efecto la documentación exigida.

Una vez presentada la documentación requerida y tras la revisión de ésta, si reúne todos los requisitos necesarios, se procederá a comunicar al solicitante el Código Nacional asignado y a incluirlo en base de datos del Consejo General. De esta forma, se pone a disposición de los farmacéuticos y otros profesionales sanitarios la información sobre el producto.

El periodo de validez de un Código Nacional asignado a un producto, así como las revalidaciones que, en su caso, se soliciten posteriormente, es de cinco años. Transcurrido este plazo, desde la asignación o la última revalidación, se procederá a darlo de baja.

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